Una revolución para el IVA de las empresas

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Lo estábamos esperando desde hace mucho tiempo y por fin es una realidad. El Gobierno ha aprobado el Real Decreto 596/2016, el conocido Suministro Inmediato de Información- SII. O lo que es lo mismo, algo que va a suponer una auténtica revolución tanto en la forma de llevar los Libros de IVA como en la preparación de las declaraciones por parte de determinados contribuyentes. ¿Por qué?

Pues se tratan de unos Libros de IVA telemáticos que se prepararán por la Administración en función de los datos que de forma prácticamente inmediata y constante se tendrán que suministrar por el contribuyente. Vamos que en lugar de poner las cosas más fáciles, se encargan de poner trabas en el camino de las pobres pymes y autónomos.

Cuando en el texto se habla de “prácticamente inmediata” se refiere a un plazo de cuatro días- El contribuyente tiene ese tiempo para suministrar a la Administración Tributaria datos sobre cada factura emitida y recibida. Con esta información, la Administración elaborará unos Libros que pondrá a disposición del contribuyente para que prepare y presente su declaración. No sé cómo le veis vosotros, pero yo veo más lío. Así que tengo claro que ahora más que nunca necesito la ayuda de profesionales. Desde hace años trabajo con Gestor Plus. Se trata de una asesoría on line, que no dudo de que va a saber llevar estos datos mucho mejor que yo.

Olvídate de los tradicionales Libros de IVA preparados de forma interna. Ahora esos Libros los preparará la Administración en base a la información diaria proporcionada por la empresa y que posteriormente suministrará al contribuyente. Por tanto, se invierte de modo importante los papeles y la interacción entre el contribuyente y la Administración Tributaria. Ellos dicen que es una manera de agilizar todo. Yo no lo creo así y es simplemente para tener aún mayor control sobre el IVA de las empresas.

Mi valoración es que este nuevo sistema provoca que las empresas afectadas tienen que ponerse a trabajar de forma inmediata en sus sistemas internos para poder cumplir con ello. Por otro lado, que la gestión eficaz de datos resulta absolutamente crucial, ya que en tiempo real cualquier incidencia o anomalía será detectada, con las implicaciones que de ahí se puedan derivar, tanto en términos de incumplimientos formales como de una incorrecta cuantificación de la deuda tributaria. Por eso os digo, que esto es cosa de profesionales.

Entrada el día 1 de julio

Eso sí, la entrada se ha fijado para el 1 de julio de 2017, es decir que una vez más los afectados van a tener que hacer un sobreesfuerzo. Para colmo se ha aprobado con efecto retroactivo, ya que se tendrán que presentar también los registros de las facturas del primer semestre, si bien el plazo en este caso se pospone hasta el 31 de diciembre del 2017. Esta nueva obligación no impactará a todos los contribuyentes, tan solo a aquellos que presenten declaraciones mensuales. Pero aquellos a los que sí les afecta van a tener que realizar una fuerte inversión tanto económica como de recursos internos en un brevísimo plazo de tiempo y la gran pregunta es si esto va a ser posible. Como siempre, los paganos somos nosotros.

¿Cómo lo ves? ¿Crees que va  a venir mejor para las empresas? Yo lo tengo claro, me pongo en manos de profesionales, porque es mejor prevenir que curar. No quiero que me venga la famosa cartita de Hacienda a nombre de mi empresa.

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