A estas alturas todo el mundo sabe que para registrar las jornadas laborales se tiene que estar físicamente en los centros laborales. En esta clase de registros, es posible llegar a descontar los tiempos de pausa o interrupciones de los trabajadores en la jornada. Todo ello hace posible la determinación del tiempo en el que se trabaja de manera efectiva.
En este sentido, es posible verlo en la guía empresarial que hizo la Seguridad Social, la cual pensaba que era conveniente hacer un registro de lo que forme parte de las horas laborales, en especial cuando se habla de las pausas que tienen que hacerse a diario, tanto las voluntarias como las que están ya previstas.
Lo que hacía en la guía era hablar sobre que era posible eludir esa presunción en la que todo el tiempo que va pasando entre que comienza y acaba la jornada, se registra como un tiempo en el que se trabaja de manera efectiva y es posible que pueda ser retribuida.
Desde la Inspección de Trabajo, se ha querido dejar claro que en las empresas se tiene que realizar de forma obligatoria el registro de la jornada de los trabajadores siendo objetivos, fiables y veraces, así como accesibles, donde se deberá respetar las normas existentes respecto a la protección de los datos.
Los registros se deben hacer diariamente
Los registros se tienen que hacer a diario, lo que tiene sentido, pues así es como se puede hacer un seguimiento de la jornada laboral, semanal o mensual. Existe una parte de la opinión pública que opina que quizá hay un exceso de meticulosidad, pero es la mejor manera de que todo quede claro.
¿Qué es lo que debe estar incluido cuando se registra la jornada laboral?
La obligatoriedad del registro ya es algo asumido y se tienen que ver incluidas la totalidad de las horas diarias, desde el comienzo al final, pero también tendrá que incluir toda incidencia que se produzca, desde el comienzo al final, así como incluir todo tipo de incidencia que pueda haber, como la pausas que por ejemplo tendrán que hacer los conductores y que están establecidas mediante convenio, las cenas las pausas voluntarias si se van a fumar, por ejemplo.
El registro se debe hacer de manera manual o tecnológica, utilizando ordenadores, pero siempre hay que tener claro que deben guardarse todos los registros por cuatro años en las empresas por si se suceden las inspecciones. De no hacerlo, las multas oscilarán entre los 625 euros y los 6250 euros. Unas multas que serán para la empresa, no para el trabajador.
En el caso de las multas o sanciones, se podrán repetir las veces que sea necesario, no debiendo haber un tiempo mínimo entre las inspecciones que se realicen.
Como objetivos de la normativa existen dos:
Conocer las horas extras que hacen los trabajadores
Que no se hagan los ya famosos contratos a tiempo parcial
Las novedades que esto supone para multitud de empresas es hacer un cambio de costumbres que en muchos casos llevan mucho tiempo llevándose a cabo.
El caso es que hay soluciones de gran efectividad, como se han encargado de poner en marcha en registrejornadalaboral.cat/ca los cuales piensan que es conveniente poner determinadas soluciones mediante sistemas de gran sencillez y económicos que posibilitan llevar de la mejor manera el control de las horas de trabajos, donde se incluyen la totalidad de pausas posibles o las incidencias como estipula la propia ley.
Si la empresa no lo registra, pero los inspectores piensan que se cumple la normativa y no se hacen horas extraordinarias, se puede sustituir el comienzo de la propia sanción mediante un requerimiento para que se aborde el cumplimiento con las obligaciones para el registro de la jornada de trabajo en el día a día.
No hay duda de que la tecnología ha llegado para ayudarnos y que es algo de lo que vamos a podernos servir. La normativa que ha llegado hace unos meses, no sabemos si va a valer para algo, pero es un intento por parte de la administración para solucionar un problema que ha pasado a ser algo real desde hace muchos años.
Las empresas y sus triquiñuelas, así como los trabajadores y sus necesidades de tener trabajo, lo que ha termina produciendo es que en algunos momentos se lleguen a producir una serie de jornadas laborales en las cuales las horas extras no van a estar pagadas o que cuando se hacía era por unas cantidades bajas que no eran totalmente justas para los trabajadores.
El tiempo se encargará de decir si valdrá para frenar este tipo de prácticas o se van a buscar medidas para la monitorización del trabajo profesional en España.