Servicios de Traducción Jurada para Empresas y Particulares

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Eikatrad es una agencia de traducción en Barcelona que inició su actividad en el año 2008 y que cuenta con un gran equipo de traductores e intérpretes profesionales altamente cualificados.

Tras mucho tiempo trabajando de manera independiente, deciden unir sus años de experiencia, y conocimientos y poner en marcha un proyecto en común con el fin de ofrecer unos servicios lingüísticos profesionales de calidad, así nació esta empresa de traducción.

Una de las claves de su éxito se encuentra en su indudable vocación por el mundo de la Traducción. Les encanta traducir y sobretodo les encanta el trabajo bien hecho, por eso ponen toda nuestra experiencia y pasión en cada proyecto.  Para estos traductores expertos lo más importante es que cada traducción esté perfecta y totalmente adaptada al idioma y país donde va destinada.

Cuentan con colaboradores en todo el mundo, rigurosamente seleccionados para cada tipo de traducción. Cuentan con traductores comerciales, técnicos y traductores jurados (acreditados por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Cooperación MAEC). A su equipo también se han unido los mejores intérpretes, editores audiovisuales y diseñadores gráficos. Son un gran grupo de profesionales unidos por su gran pasión, los idiomas y su traducción.

¿Cuándo necesitamos hacer una Traducción Jurada?

Vivimos en un mundo cada vez más globalizado donde los mercados se amplían y las relaciones internacionales son el pan nuestro de cada día de muchas empresas.

En este contexto, cada vez más personas y negocios precisan los servicios de un traductor y, quién más quién menos, en algún momento dado ha necesitado o necesitará una traducción jurada.

En España recibe el nombre de traducción jurada aquella traducción de documentos escritos en una lengua extranjera y que se realiza para que tenga algún efecto legal ante un determinado organismo oficial. Las traducciones juradas han de llevar siempre el sello y la firma del traductor-intérprete jurado y, además, en la última página de la misma una certificación que acredita su carácter de traducción jurada.

En nuestro país, solo pueden realizar traducciones juradas los traductores habilitados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación (MAEC) para traducir de una lengua extranjera a una de las lenguas oficiales del Estado español y viceversa. Los traductores jurados no son funcionarios públicos ni cuentan con una plaza oficial, son profesionales independientes que ejercen su profesión de forma autónoma o dentro de una empresa y que han sido autorizados por el MAEC.

Las traducciones realizadas por traductores jurados no son simples traducciones privadas, sino que tienen valor oficial. Así lo establece el Real Decreto 2555/1977, de 27 de agosto por el que se aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores (en su redacción modificada por el Real Decreto 2002/2009, de 23 de diciembre,) que en su artículo 6 apartado 1º señala lo siguiente:

«Las traducciones e interpretaciones de una lengua extranjera al castellano y viceversa que realicen los Traductores/as-Intérpretes Jurados/as tendrán carácter oficial, pudiendo ser sometidas a revisión por la Oficina de Interpretación de Lenguas las traducciones cuando así lo soliciten las autoridades competentes.» 

A tenor de lo dispuesto en este precepto, debe entenderse que la traducción privada es la que realiza cualquier persona con conocimiento de lenguas y capacidad para traducir, mientras que la traducción oficial es aquella realizada por un «traductor jurado» quien, gracias a la acreditación que le otorga el MAEC, está capacitado para certificar la fidelidad y exactitud de sus traducciones.

Esta es una precisión importante para quienes desconocen el mundo de la Traducción y muy necesaria para entender la importancia de buscar un servicio de calidad cuando precisamos hacer una traducción de este tipo.

Por otra parte, también hay documentos de carácter legal que no precisan que su traducción sea jurada.

En este sentido, la mayoría de los documentos que se utilizan en el tráfico mercantil entre empresas y particulares no necesitan una traducción jurada. Contratos, acuerdos, pólizas de seguro, etc. no necesitan estar sellados por un traductor jurado para tener validez entre las partes, salvo que éstas así lo convengan.

Sin embargo, sí es importante que su traducción la lleve a cabo un experto en Derecho para evitar así errores en la traducción de conceptos jurídicos o en las cláusulas que puedan tener consecuencias graves en sus relaciones jurídicas.

 

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